La vulneración del derecho a recurrir en la exclusión de medios de prueba en la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio
DOI:
https://doi.org/10.51736/g0n1xr56Palabras clave:
medios de prueba, exclusión, impugnación, audiencia evaluatoria y preparatoria de juicioResumen
El presente artículo ha tenido la finalidad realizar un estudio de la exclusión de medios de prueba en la audiencia preparatoria de juicio dentro de los procedimientos ordinarios en materia penal. De conformidad con la normativa vigente se ha llegado a colegir que no existe base legal para que se pueda impugnar la decisión que toma un juzgador cuando decide sacar de los medios de prueba, alguno que a su única consideración sea contrario a la ley o Constitución. Más allá que el juzgador sí debe realizar ese análisis como juez garantistas de derechos, no es menos cierto que, no permitir que sea revisada su decisión de excluir algún medio de prueba. Todo esto al amparo de lo preceptuado en la Constitución donde se indica la garantía de que se tendrá el doble conforme con el fin de que exista anuencia sobre una resolución por parte de varios juzgadores. Se ha logrado concluir que precisamente las vulneraciones radican en derechos constitucionales como el ya mencionado, pero a su vez, en el ejercicio del derecho a la defensa. Finalmente, también se ha dejado establecido que la tutela judicial efectiva queda coartada ante un hecho que no permite salvaguardar que sea el propio juzgador el que cometa una afectación determinante al proceso y a las partes procesales. Se ha sugerido una reforma en los articulados de la audiencia preparatoria de juicio y de impugnación.
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